Crean unha plataforma de afectados polos retrasos, desvíos e cancelacións en Peinador
- 29/Ago/2018
- Prensa
En el periodo comprendido entre el 7 de mayo de 2018 y el 29 de junio de 2018 se produjeron numerosas incidencias en el Aeropuerto de Vigo-Peinador, como consecuencia de la desactivación del sistema de aterrizaje instrumental (ILS), que provocaron desvíos, cancelaciones y retrasos en los vuelos de numerosos usuarios de dicho aeropuerto.
Recientemente se ha constituido la plataforma “En-Colectivo”, la cual agrupa a usuarios afectados que han sufrido daños, tanto materiales como morales, por los desvíos, cancelaciones y retrasos en sus vuelos por dicho motivo. Esta plataforma ha contratado los servicios del despacho de abogados “Balms Abogados” para la defensa de los derechos e intereses de sus usuarios adheridos.
En representación de los afectados, este despacho está trabajando en la presentación de una o varias reclamaciones en las que se demandará una indemnización para resarcir los daños materiales y morales sufridos.
A este respecto, la estrategia inicial que el despacho está diseñando consiste en presentar una demanda judicial frente a las distintas compañías aéreas como responsables del incumplimiento contractual frente a los pasajeros, mediante la acreditación de los daños patrimoniales y morales que se hayan ocasionado a los mismos. No obstante, con carácter previo se presentará una reclamación previa frente a las aerolíneas, a los efectos de intentar una solución extrajudicial del conflicto y también a efectos prescriptivos.
Esta guía tiene como objetivo informar a los afectados del procedimiento a seguir, y a su vez, facilitar respuestas a las dudas más frecuentes.
Aquellas personas que puedan acreditar su condición de afectados por el deficiente servicio existente en el Aeropuerto Vigo-Peinador durante las ocho semanas que permaneció desactivado el sistema de aterrizaje instrumental (ILS), concretamente entre el día 7 de mayo de 2018 y el día 29 de junio de 2018, comprendiendo no sólo el perjuicio económico efectivamente sufrido sino también el daño moral.
Los menores de edad también podrán reclamar, pero deberán actuar representados por sus padres o tutores legales.
Los pasos que deben seguirse son los siguientes:
En primer lugar, habría que rellenar el formulario de adhesión a la Plataforma que hemos habilitado a tal efecto en la web de Plataforma “En Colectivo” (www.en-colectivo.com).
Una vez rellenado el formulario usted recibirá un correo con las siguientes instrucciones:
Toda la documentación original acreditativa de los hechos expuestos en el formulario, especialmente la relativa a los gastos incurridos como consecuencia del retraso o cancelación del/de los vuelo/s contratado/s y que no hayan podido ser recuperados (p.ej. billetes de avión, hoteles, taxis, restaurantes, etc.).
Adicionalmente, también resulta necesario que aporte, en caso de ser posible, algún tipo de documentación que pueda probar el daño moral que ha sufrido y que Vd. haya descrito con detalle en el formulario.
Asimismo, dicha documentación deberá enviarse escaneada por mail al siguiente correo electrónico: reclamaciones@en-colectivo.com
Le informamos que en cumplimiento de la normativa legal vigente, además de la referida autorización, en su caso resultará imprescindible, para poder realizar la reclamación en su nombre, otorgar un poder, ya sea “apud acta” en el juzgado, o bien notarial a favor de los abogados de Balms Abogados, S.L. y de procuradores para que actúen en su representación.
Únicamente se cobrará un 25% de la reclamación obtenida. Sin incurrir en ningún gasto, de la forma que se determina en las condiciones de la hoja de encargo que se aporta para su firma.
Estas son algunas de las preguntas que los afectados por los desvíos, retrasos y cancelaciones de vuelos en el aeropuerto de Vigo-Peinador han hecho a los abogados de Balms Abogados:
En el caso en que hubiera recuperado todos los daños materiales, sí pueden sumarse a la demanda colectiva solicitando únicamente una indemnización por el daño moral.
Sí, es compatible.
No. Si ya ha obtenido el reembolso por parte de la aerolínea u hotel, el despacho exclusivamente percibirá el 25% de las cantidades que se obtengan y que hayan sido reclamadas, en cualquier concepto, a través del despacho.
Por ejemplo, si reclama únicamente el daño moral, el despacho percibiría el 25% de la cantidad que se obtenga por dicho daño.
Únicamente tendría que dejar claro al despacho, que ya ha recibido el reembolso, para no incluirlo en la reclamación realizada a través del despacho.
Firmar la autorización: Lo exige la Ley para que los abogados puedan acudir a en primer lugar a la propia compañía para reclamar. Si en este trámite tenemos éxito, no hará falta nada más.
Posteriormente para acudir a los Tribunales en representación de los afectados demandantes, habría que hacer la designación del abogado y procurador en el propio juzgado (se llama designación “apud acta” y es gratuita). Si los afectados no quisiesen realizar dicha designación en el Juzgado, podrían otorgar un poder notarial. En este último caso el poder tiene un coste que viene fijado en los propios aranceles.
Cada afectado deberá firmar su propia autorización, o bien poder. Por los menores deberán de firmar sus padres acreditando tal condición. Una autorización por hijo.
En el caso de ser necesaria la designación "apud acta" o el poder, deberán de realizarse una por persona, si bien el poder notarial podrá realizarse uno solo incluyendo a todos los afectados de la misma familia.
Basta con la autorización escaneada que nos han remitido. Si fuese necesario hacer un envío por correo ordinario, ya sea del poder, o de otra documentación, se lo indicaríamos así.
Nunca puede garantizarse un resultado ni el importe que, en su caso, podría alcanzar la indemnización, especialmente por los daños morales. Sin embargo, desde el despacho consideramos que tenemos argumentos jurídicos sólidos para reclamar las correspondientes indemnizaciones, tanto por los daños materiales como por los daños morales.
Debe aportar los billetes y cualquier documento que acredite otros gastos que se le hayan causado directamente y que quiera reclamar (taxis, restaurantes, hoteles, etc.).
Sí. Para presentar la demanda necesitamos la documentación original, que puede usted enviar a la dirección postal ya indicada.
Debe reclamar los daños materiales (gastos de viaje, billetes, etc.) quien pueda acreditar que los ha pagado. Respecto a los daños morales, corresponderán a cada afectado. Por ejemplo, si usted viajaba con su familia y ha sido usted quien ha pagado los gastos es usted quien debe reclamar dichos gastos (daños materiales). Los daños morales los reclamará individualmente cada miembro de la familia (y en nombre de los menores, sus padres o tutores.
Creemos que tenemos argumentos jurídicos sólidos para que los afectados por la desactivación del sistema ILS obtengan de los Tribunales de Justicia una indemnización que repare, en todo o en parte, los perjuicios sufridos. Lógicamente van a ser los Tribunales, o la propia aerolínea en caso de que quiera llegar a un acuerdo, los que tengan la última palabra. Nos encontramos ante un asunto complejo, que debería tener por parte de los Tribunales de Justicia una respuesta favorable a los intereses de los perjudicados.
Nuestros Tribunales de Justicia han reconocido en numerosas sentencias la existencia del daño moral. En cuanto a su valoración o cuantificación, estamos sin duda ante uno de los temas más controvertidos en nuestro Derecho. En todo caso creemos que la situación vivida no es comparable a otros supuestos de hecho anteriores (alguna similitud puede tener con la huelga de controladores aéreos). Lógicamente, serán los Tribunales los que finalmente decidan.
Vamos a presentar una demanda de reclamación de cantidad por daños y perjuicios en virtud del incumplimiento contractual frente a las distintas aerolíneas, como responsables últimas de la deficiente gestión de la situación y su falta de presentación de alternativas al pasajero.
Accede al formulario para adherirte a la reclamación conjunta contra "Aena S.A."
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